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Desheredar a hijos

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© Fotografía de Micheile

Existen una serie de supuestos particulares para desheredar a los hijos y descendientes que el Código Civil recoge en su artículo 853.

Estos supuestos son los siguientes:

  • Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

En un principio, el maltrato se entendió como el realizado físicamente, pero hace unos años el Tribunal Supremo actualizó esa interpretación por medio de una sentencia, de modo que el maltrato psicológico entraría dentro de este supuesto de desheredación.

No obstante, a día de hoy, por los cambios que hay en la sociedad, el Tribunal Supremo ha acabado aceptando que el abandono quede dentro del supuesto de maltrato que enuncia ese artículo 853 del Código Civil.

Además de los supuestos de desheredación de descendientes mencionados, existen otros supuestos, como son:

  • El que haya sido condenado a prisión por delitos contra la vida del testador, cónyuge, descendientes o ascendientes.
  • El que vicie la voluntad del testador con amenaza, fraude o violencia, que obligare al testador a hacer o dejar de hacer testamento, así como a cambiarlo.

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